• Extremadura - El TSJ indica que un accidente laboral se debió a la imprudencia del lesionado

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Extremadura, ha indicado en una sentencia que una empresa de esta provincia no es responsable de un accidente laboral grave.
El accidente ocurrió el 9 de abril de 2003. Un encofrador, cumpliendo las órdenes del jefe de obras, procedió a retirar los puntales que no se utilizaban en una de las plantas de obra, al fin de apilarlos para llevarlos a otro lugar.
El obrero retiró un puntal que estaba sujetando una de las planchas de metal que se utilizan para levantar la estructura del edificio. Estas planchas metálicas miden 2,70 metros por 1,95 metros y pesan 300 kilos. Las planchas sólo se pueden retirar con la ayuda de una grúa una vez que se acometa la labor de desencofrado. El encofrador sufrió heridas de gravedad que le llevaron a la incapacitación.
El trabajador pretendía que la justicia castigara a la empresa con un recargo del 50% en todas las prestaciones que han tenido causa en el accidente de trabajo.
La Sala de lo Social afirma que la empresa no ha infringido norma de seguridad alguna. Recalca que la plancha de metal que atrapó al trabajador no se cayó por sí sola, sino que dejó de cumplir su función de sujeción al ser retirado el puntal por el propio accidentado, «fue con su actuación -dice la sentencia-, quien, obrando imprudentemente, provocó el accidente».
Dice que la acción que realizaba era muy sencilla (recopilar los puntales que ya no se utilizaban), y no tenía necesidad de ser supervisada por un superior.
02/05/2007 13:29:13 - Hoy Digital